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Colombia entra en ‘silencio electoral’

BOGOTÁ. Los candidatos al Congreso de la República tienen una serie de restricciones al acercarse el día de las elecciones. Iniciaron después de la media noche del 2 de marzo y tienen por objeto que en el silencio electoral los ciudadanos puedan reflexionar y analizar con calma las propuestas de los candidatos.

La MOE presenta las prohibiciones que tienen los candidatos al Congreso en esta semana.

1.- Reuniones políticas en espacio público

Hasta el 10 de marzo, los candidatos no pueden llevar a cabo reuniones en espacio público, manteniéndose la posibilidad de hacerlas en espacios privados.

2.- Propaganda electoral y programas de opinión

En la semana preelectoral está permitido que los candidatos sean entrevistados, de igual manera pueden participar en programas de opinión.

En lo concerniente a la propaganda electoral, hasta el 8 de marzo está permitida su distribución y difusión.

El día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones y comunicados con fines político-electorales en radio, prensa y televisión, propaganda móvil, estática o sonora.  Los candidatos no podrán poner nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir su nombre y propuestas de campaña, ni la distribución por cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.

Los ciudadanos no podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato.

Los medios de comunicación no podrán trasmitir, el 9 de marzo, propaganda política y  electoral, ni hacer o publicar encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

3.- Espacios gratuitos de radio y televisión

Hasta dos días antes de las elecciones (7 de marzo) los partidos y los  movimientos políticos, las organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos pueden hacer uso de los espacios gratuitos de radio y televisión

Las restricciones se encuentran en la Ley 130 de 1994, que hace referencia a la prohibición de propaganda electoral y encuestas en el día de las elecciones; la Ley 163 del 1994, que regula la publicidad del día de los comicios, y la Ley 1475 de 2011, que establece los parámetros para el uso de los espacios gratuitos de radio y de televisión. Para complementar las leyes, el Ministerio del Interior expidió el Decreto 415 de 2014 que regula los aspectos relacionados a orden público.

La ley seca comenzará el 8 de marzo a las 6:00 de la tarde y terminará el 10 de marzo a las 6:00 de la mañana. El porte de armas se restringe desde el 7 hasta el 12 de marzo. El decreto de orden público que expiden las alcaldías puede restringir la circulación de motocicletas, automotores y embarcaciones. En el caso de las motocicletas, el decreto puede restringir el uso de parrilleros.

 

Sobre Rafael Antonio Pabón

Nací en Arboledas (Norte de Santander - Colombia), educado y formado como periodista en la Universidad de la Sabana (Bogotá), gustoso de leer crónicas y amante de escribir este género periodístico, docente en la Universidad de Pamplona (Colombia) y seguidor incansable del Cúcuta Deportivo.

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