BOGOTÁ. Los candidatos al Congreso de la República tienen una serie de restricciones al acercarse el día de las elecciones. Iniciaron después de la media noche del 2 de marzo y tienen por objeto que en el silencio electoral los ciudadanos puedan reflexionar y analizar con calma las propuestas de los candidatos.
La MOE presenta las prohibiciones que tienen los candidatos al Congreso en esta semana.
1.- Reuniones políticas en espacio público
Hasta el 10 de marzo, los candidatos no pueden llevar a cabo reuniones en espacio público, manteniéndose la posibilidad de hacerlas en espacios privados.
2.- Propaganda electoral y programas de opinión
En la semana preelectoral está permitido que los candidatos sean entrevistados, de igual manera pueden participar en programas de opinión.
En lo concerniente a la propaganda electoral, hasta el 8 de marzo está permitida su distribución y difusión.
El día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones y comunicados con fines político-electorales en radio, prensa y televisión, propaganda móvil, estática o sonora. Los candidatos no podrán poner nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir su nombre y propuestas de campaña, ni la distribución por cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.
Los ciudadanos no podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato.
Los medios de comunicación no podrán trasmitir, el 9 de marzo, propaganda política y electoral, ni hacer o publicar encuestas, sondeos o proyecciones electorales.
3.- Espacios gratuitos de radio y televisión
Hasta dos días antes de las elecciones (7 de marzo) los partidos y los movimientos políticos, las organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos pueden hacer uso de los espacios gratuitos de radio y televisión
Las restricciones se encuentran en la Ley 130 de 1994, que hace referencia a la prohibición de propaganda electoral y encuestas en el día de las elecciones; la Ley 163 del 1994, que regula la publicidad del día de los comicios, y la Ley 1475 de 2011, que establece los parámetros para el uso de los espacios gratuitos de radio y de televisión. Para complementar las leyes, el Ministerio del Interior expidió el Decreto 415 de 2014 que regula los aspectos relacionados a orden público.
La ley seca comenzará el 8 de marzo a las 6:00 de la tarde y terminará el 10 de marzo a las 6:00 de la mañana. El porte de armas se restringe desde el 7 hasta el 12 de marzo. El decreto de orden público que expiden las alcaldías puede restringir la circulación de motocicletas, automotores y embarcaciones. En el caso de las motocicletas, el decreto puede restringir el uso de parrilleros.
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