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Al concejal Julio Vélez González ‘se le vino el mundo encima’

CÚCUTA.- El comienzo del octavo mes del 2012, no ha sido bueno para el concejal Julio Vélez González. Al dirigente político cucuteño la vida le dio un vuelco total y nada parece salirle bien. El calvario empezó en abril del 2010. Ese día, en su casa del barrio Quinta Oriental, su esposa María Claudia Castaño, de 21 años y estudiante de derecho, murió de un disparo en la cabeza.

El primero de agosto,  le dictaron medida de aseguramiento por presunto homicidio agravado, el concejo negó prorrogarle la licencia no remunerada, el Partido Social de Unidad Nacional (U) le suspendió la militancia y la mayoría de los cucuteños lo consideran culpable de la muerte de María Claudia Castaño.

El Juez Segundo Penal del Circuito dictó, en contra de Vélez González, medida de aseguramiento, consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.

El presidente del Concejo, Jorge Quintero,  negó la solicitud de prórroga de licencia no remunerada. La decisión la tomó basado en el artículo 134 de la Constitución. La situación jurídica configura falta absoluta para el concejal, que lleva a la vacancia del cargo.

El Partido de la U  tomó la decisión de desligarlo como militante, mediante la Resolución 34 del 2 de agosto, firmada por Jorge Felipe Carreño Sánchez, secretario general (e) de la colectividad.

En el segundo punto del documento reiteró el compromiso del Partido, por medio del estamento dirigente, para proceder de “forma diligente y oportuna con medidas preventivas” frente a situaciones o casos que puedan atentar contra los principios fundamentales que rigen al Partido, en concordancia con la ley y los estatutos.

La colectividad consideró que el concejal Vélez González está vinculado por la justicia ordinaria a una investigación penal, por presunto homicidio. Con motivo de las determinaciones adoptadas por las autoridades competentes, se ha dictado medida de aseguramiento en centro carcelario.

La directiva de la U tomó como fundamento para declarar la suspensión las siguientes normas:

1.- Ley 130 de 1994. Prevé las obligaciones de regímenes éticos y de control disciplinario en las colectividades políticas

2.- Ley 1475 de 2011. Reitera la necesidad de existencia de regímenes éticos y disciplinarios

3.- Estatutos del Partido Social de Unidad Nacional. Contemplan en su conjunto situaciones como la acotada que amerita ser considerada por parte del Consejo Nacional de Control Ético y Régimen Disciplinario.

La determinación se autorizó en la Dirección Nacional, máximo órgano rector del Partido, el 12 de junio del 2012, contenida a su vez en el Acta 179.

 

Sobre Rafael Antonio Pabón

Nací en Arboledas (Norte de Santander - Colombia), educado y formado como periodista en la Universidad de la Sabana (Bogotá), gustoso de leer crónicas y amante de escribir este género periodístico, docente en la Universidad de Pamplona (Colombia) y seguidor incansable del Cúcuta Deportivo.

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Un comentario

  1. ligia ines alzate arias

    Es urgente detener esta practica en Colombia, es solo odio hacia las mujeres, lño que promueve estas actuaciones. Propongo que se de calridad sobre lo que es el machsimo, la violencia y lo que se hace en Colombia con hombtrd u mujeres en la formacion cultural. <no basta la denuncia o la carcel. Tendrimaos que encarcelar el 70% de los hombres Colombiamos.

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