CÚCUTA.- Las 48 horas que tienen las industrias generadoras de emisiones de humo para apagar las chimeneas se cumplirán este jueves. Corponor, consideró viable suspender las actividades incluidas en los Permisos de Emisión Atmosférica. Esta medida cobija a las actividades que utilicen como combustible carbón mineral, Fuell Oil o aceite residual en el proceso productivo.
Entre las industrias alcanzadas por la Resolución 205 destacan:
- Coquizadoras del carbón
- Trasformadoras de arcilla
- Lavado y tinturado de prendas textiles
- Productora de mezcla asfáltica
- Productora de cemento
- Procesamiento de cebo.
Están exentas:
- Molinos de arroz, por trabajar en circuito cerrado.
- Productos de refrescos y agua, por utilizar como combustible gas natural o gas licuado de petróleo.
“La Corporación considera que, en aplicación del principio constitucional de prevalencia del interés general sobre el particular, puede proceder a suspender las actividades de las personas naturales o jurídicas que adelanten actividades generadoras de emisiones atmosféricas”, dice la Resolución 205 del 31 de marzo.
Los niveles máximos permisibles de material particulado para un periodo de 24 horas no están cumpliéndose en Cúcuta, de acuerdo con el análisis de Corponor.
Las disposiciones señaladas en el acto administrativo de la Corporación regirán por 15 días y podrán extender por el tiempo que se considere conveniente.
La Policía y las autoridades civiles locales ejercerán el control y la vigilancia ambientales, en cumplimiento de la Ley 99 de 1993. Contra la Resolución procede el recurso de reposición, dentro los 10 días hábiles siguientes a la notificación.
Jhon Carrillo, alcalde de Ureña, recorre el vertedero local para mostrar que en ese sitio no se genera la humareda que cubre a Cúcuta.
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