CÚCUTA.- Restringir la expedición de permisos para uso porte y tenencia de armas de fuego durante las fiestas del 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre y primero de enero de 2015 solicitó el alcalde Donamaris Ramírez al comando del Grupo Maza, en Cúcuta. El objetivo es minimizar las cifras de lesionados por balas perdidas en esas fechas de jolgorio y algarabía.
Mediante el Decreto 0696, del 13 de diciembre, la administración municipal adoptó medidas preventivas de seguridad para proteger a niños, adolescentes y adultos, sin distingos de raza, color político, credo, religión y estrato social.
Los miembros de las juntas de acción comunal adelantarán charlas comunitarias con el fin de instruir a los habitantes sobre los peligros y las consecuencias por el uso de armas de fuego. Algunos cucuteños tienen por costumbre hacer tiros al aire para festejar las fechas nacionales, departamentales, municipales, personales y familiares. Los ciudadanos inconformes deben denunciar esta clase de comportamientos para prevenir hechos lamentables de pérdidas de vidas.
En los hogares donde haya menores de edad y el jefe de hogar porte o tenga un arma de fuego con salvoconducto deben adoptarse medidas para asistir, proteger y garantizar el derecho fundamental a la vida, en cumplimiento del artículo 44 de la Constitución Política.
Las autoridades competentes para portar armas, municiones, explosivos y accesorios son los miembros en servicio activo de la Fuerza Pública, fiscales, jueces, gobernadores, alcaldes, inspectores de policía, agentes, funcionarios de las Unidades de Policía Judicial, administradores y empleados de Aduana, guardianes penitenciarios y comandantes de naves y aeronaves.
La Policía deberá programar los operativos necesarios para el cumplimiento de las medidas preventivas.
En otra disposición (Decreto 0697), la Alcaldía modificó los horarios para la venta de licor en establecimientos de comercio. La estrategia vigente por la temporada de fin de año, hasta el 19 de enero, busca prevenir los delitos e incrementar los niveles de convivencia.
Los horarios establecidos son:
1.- Zona turística. Desde el puente San Rafael hasta el Puente de Guadua, en los dos sentidos; la avenida 0; Caobos, avenida 1E, desde la calle 13 a la calle 19; avenida primera de la calle 13 a la calle 15, y calle 11 desde la avenida 0 hasta la Diagonal Santander. De lunes a jueves, de 8:00 de la mañana a 3:00 de la mañana del día siguiente; viernes, sábado, domingo y lunes festivo, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la mañana del día siguiente.
2.- Zona Rosa. Centro Comercial Bolívar, hasta las 5:00 de la mañana. 24 y 31 de diciembre, se extiende a las 8:00 de la mañana del 25 de diciembre y primero de enero.
3.- Zonas de especial atención. De 9:00 de la mañana a 9:00 de la noche, de domingo a domingo, parques Nacional y Mercedes Abrego, barrio Callejón, La Guayabera y los alrededores de la Terminal de Trasporte, que comprende discotecas, bares, grilles, casas de lenocinio, billares, garitos y tiendas.
Los establecimientos comerciales que venden licor para consumo en el sitio que sean generadores de perturbación del orden público y quebrantamiento de la convivencia ciudadana, serán objeto de intervención de la policía y se les aplicará la medida correctiva de cierre hasta por siete días.