CARACAS.- Las revisiones que se hacen al sistema cambiario incluyeron a las remesas a familiares. Los montos mensuales que pueden enviar las personas a sus parientes que están en el exterior sufren una reducción de 44 %.
El Gobierno en la Gaceta Oficial extraordinaria 6122 publicó la providencia con los cambios en la autorización de dólares para las remesas a familiares, que contempla, además de la menor asignación, nuevos requisitos para efectuar las solicitudes.
Según la norma, las remesas serán equivalentes a un monto mensual de 500 dólares, cantidad que podrá ser distribuida entre un número no mayor de tres beneficiarios hasta por una cantidad que no exceda los 166,66 dólares por persona.
Anteriormente, la asignación de las remesas era de 900 dólares mensuales, que se podían distribuir entre los beneficiarios hasta un tope máximo de 300 dólares por persona.
El presidente del Centro de Comercio Exterior, Alejandro Fleming, explicó que “se llegó al monto de los 500 dólares, porque se revisaron los estudios de la Cepal y además el promedio de las remesas es de 300 dólares en otros países. Hay que destacar que uno de los países a los que se envían muchas remesas es a Estados Unidos y eso levantó las alarmas”. El pasado año las autorizaciones para las remesas subieron 31%.
Para tramitar las remesas los beneficiarios tienen que entregar más documentos. Los familiares a los que se les pueden enviar las divisas son abuelos, padres, hijos, nietos y cónyuges.
Añadió que “antes se incluía al concubino, pero según los estudios, el concubino no puede acceder, la relación de concubinato implica convivencia”.
De acuerdo con la norma, los usuarios al momento de efectuar las solicitudes de las remesas tienen que consignar los siguientes documentos:
– Planilla de solicitud, original y copia de la cédula de identidad, constancia de residencia, carta de instrucción, constancia de trabajo y estados de cuentas bancarias.
– Certificación de ingresos, copia del Registro de Información Fiscal (RIF) y la declaración del ISLR “cuando el solicitante requiere divisas por un monto igual o superior a un salario mínimo”.
Los beneficiarios deben presentar original y copia de la cédula, copia del pasaporte y original del registro consular o constancia de residencia.
EL UNIVERSAL
25 de enero de 2014