En la mayoría de los casos, los derechos de las víctimas suelen ser olvidados una vez que se comete un delito, por las autoridades preventivas, ministeriales, en los juzgados y también por los medios. Existe una responsabilidad compartida que suele omitirse por las partes que deben ofrecer atención y respeto.
El Manual de justicia para víctimas, preparado por expertos de 40 países convocados por la Organización Naciones Unidas, reúne los principios básicos que deben cumplir las autoridades de los tres órdenes de gobierno, pero también formula recomendaciones a los medios de comunicación, a partir de normas éticas y principios basados en los derechos humanos.
1.- Solicita el respeto a la vida privada de las personas, evitando divulgar rumores o insinuaciones sobre la víctima.
2.- En delitos que no sean homicidios propone abstenerse de identificar a la víctima por la edad y área donde el delito fue cometido, omitiendo nombres, direcciones de calles y números de cuadra.
3.- Sugiere no utilizar información obtenida de parientes que están alterados
4.- Identificar a los testigos sólo cuando aceptan ser nombrados y cuando claramente la divulgación del nombre en los medios no pueda provocarles algún peligro.
5.- “Nunca publicar la identidad de un niño víctima” y tampoco la identidad de una víctima de ataque sexual sin el consentimiento previo, más allá de que el caso esté o no en los tribunales civiles o penales.
(Manual de justicia para víctimas. Sobre el uso y aplicación de principios fundamentales de justicia para las víctimas del delito y del abuso de poder. Organización de las Naciones Unidas / Instituto Nacional de Ciencias Penales, México, 2004, 240 p.)