CÚCUTA.- El reasentamiento de Gramalote llega a la Asamblea de Norte de Santander para permitir el inicio de los trabajos. El proyecto de ordenanza será analizado por los diputados en los 10 días de sesiones extras para los que fueron llamados por el gobernador Edgar Díaz.
En este ciclo de reuniones extraordinarias se analizarán, estudiarán y debatirán otras tres iniciativas relacionadas con las condiciones para los empleados públicos y facultades al jefe de administración regional para que celebre contratos de comodato de bienes muebles e inmuebles.
Las iniciativas presentadas son las siguientes:
1.- Traslado de la cabecera municipal de Gramalote para dar inicio a las labores de reasentamiento. Esta acción es esperada por la comunidad que reclama volver al pueblo natal.
La Gobernación ha insistido en que la situación de Gramalote debe resolverse desde los aspectos físico, ambiental, social y económico, con una mirada integral del territorio que incluya lo urbano y lo rural, y las relaciones entre sí.
El Gobierno asignó $ 170.000 millones y el departamento firmó un convenio con el Fondo Adaptación para la ejecución de las plantas de tratamiento de agua potable y de aguas residuales, y la nueva vía de acceso hacia el reasentamiento y de este hacia Lourdes.
Para garantizar la sostenibilidad del municipio indispensable que cuente con un instrumento de planeación adecuado y efectivo. El Esquema de Ordenamiento Territorial es la puesta de acuerdo entre la sociedad civil y el Estado para regular el uso, la ocupación y la trasformación del suelo.
2.- Modificación de la Ordenanza 0013 del 23 de julio de 2002, que fija condiciones de empleo de los trabajadores públicos del departamento, y crean rubros dentro del presupuesto de gastos.
3.- Modificaciones a la Ordenanza 0014 del 19 de diciembre del 2008, en cumplimiento del acuerdo producto de la negociación colectiva surtida con Sindegenortes.
Los dos proyectos de ordenanza reflejan el cumplimiento de la administración a las normas laborales.
4.- Facultades al Gobernador para celebrar contratos de comodato de bienes muebles e inmuebles que no están afectados a la prestación de servicio público alguno.
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