Norte de Santander hace parte del listado de 26 departamentos incluidos en la medida que la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dispusieron sobre desincentivo al consumo excesivo de agua.
La Resolución CRA 726 de 2015 se expidió en concordancia con el llamado del Gobierno para hacer uso racional del agua. Para la disposición se tuvieron en cuenta los reportes del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, (Ideam) sobre el impacto del Fenómeno de El Niño en el país. La sequía generada se extenderá, al menos, hasta marzo de 2016.
Desde el primer semestre de 2014, y con mayor intensidad en los últimos meses, se ha originado una disminución de las precipitaciones en gran parte del territorio colombiano. La situación ha ocasionado que las fuentes abastecedoras de agua tengan una condición de reducción significativa en varios departamentos.
Mediante la Resolución, el Gobierno adopta medidas para promover el uso eficiente y ahorro del agua potable y desincentivar el consumo excesivo. Los colombianos que derrochen agua al sobrepasar los límites permisibles establecidos para cada piso térmico tendrán que pagar tarifas más altas. Las empresas prestadoras del servicio de acueducto deben implementar un plan inmediato para disminuir las pérdidas de agua en las zonas de emergencia.
Los departamentos incluidos en la medida de desincentivo al consumo excesivo son: Antioquia, Arauca, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Guaviare, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca y Vichada. También, se incluye a Bogotá D. C.
Por fuera de la medida quedan Amazonas, Caquetá, Chocó, Guainía, Putumayo y Vaupés.
“Las empresas prestadoras del servicio de acueducto quienes determinen si la medida les aplica o no, una vez constaten los caudales de sus fuentes de agua, los cuales están determinados en la Resolución”, dijo Julio César Aguilera Wilches, Director Ejecutivo de la Comisión.
Una vez la medida quede en firme, se mantendrá vigente hasta que el Ideam informe que el riesgo por el fenómeno de sequía ha cesado. No aplica para los inquilinatos, las entidades clasificadas como de servicio especial y los hogares comunitarios de bienestar o sustitutos.
Los recursos recaudados por consumo excesivo serán destinados por el Fonam a la protección, reforestación y conservación de las cuencas hidrográficas abastecedoras de acueductos municipales y a campañas que incentiven el uso eficiente y ahorro del agua
Foto: PRENSA MECUC
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