CÚCUTA.- Veintidós mil predios ocupados por particulares, en los que construyeron viviendas y por los que no pagan impuestos, aunque tampoco tienen la propiedad plena de las casas por corresponder a terrenos del municipio, serán saneados por el gobierno local. Para cumplir con este propósito el alcalde César Rojas presentó el respectivo proyecto de acuerdo al Concejo.
En la administración municipal creen que es un beneficio de doble vía. Mientras los ocupantes podrán sanear las propiedades, el municipio recibirá recursos por el valor de los predios y por los impuestos que pagarán al año.
Las áreas de cesión son las franjas de terreno dejadas por urbanizadores y constructores y que están ocupadas por particulares, sin cumplir con las normas de urbanismo. Esas áreas son imprescriptibles, inembargables e inalienables y no serán objeto de negociación. Se recuperarán para dar cumplimiento a lo estipulado en la ley.
Los bienes ocupados por particulares que no pagan impuestos, ni canon de arrendamiento se buscará rematarlos para conseguir los recursos de los megaproyectos urbanos que la ciudad necesita. “No vamos a vender ni un centímetro de nuestros parques, no vamos a reducir los espacios públicos, ni negociaremos nuestras zonas verdes”, dijo el Secretario de Planeación Municipal, Orlando Joves.
Por el contrario, lo que se hará es ampliar las áreas de cesión. Las decisiones que se tomen no son autónomas de la administración municipal, sino que requieren de la autorización del Concejo, previo estudio de la iniciativa.
En el artículo octavo del proyecto de acuerdo se solicita autorización para vender el lote de la Central de Transportes (avenida octava con Diagonal Santander). El representante legal de la Terminal sería el encargado de la negociación.
De acuerdo con el artículo segundo, la venta de activos de propiedad del municipio llegaría a los $ 300.000 millones. La negociación con los bienes inmuebles estaría sujeta a los requisitos contemplados en la Ley 9 de 1989. Para la celebración del contrato se tendrán en cuenta los procedimientos señalados en la Ley 80 de 1993.
Para establecer el precio de venta de los bienes inmuebles se dispondrá de los avalúos efectuados por la administración este año. El avaluó comercial correrá por cuenta del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) o por una persona natural o jurídica inscrita en una Lonja Nacional de Propiedad Raíz o en el Registro Nacional de Avaluadores (RNA).
“La administración municipal podrá establecer descuentos por la compra de dichos inmuebles sobre el valor que resulte en el avalúo”, señala el parágrafo tercero del artículo segundo.
En cuanto a la ‘Excepción a Enajenación por Venta’, la propuesta es que “no se podrán enajenar bienes inmuebles que estén siendo usados por la administración municipal para el beneficio de la comunidad (parágrafo cuarto).
Los ingresos provenientes de la venta se destinarán en el ciento por ciento a la financiación de los megaproyectos contemplados en el Plan de Desarrollo 2016-2019.
Gráfica: ALCALDÍA DE CÚCUTA
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