CÚCUTA.- La sociedad Cúcuta Deportivo Fútbol Club y los acreedores deberán comparecer, este 3 de marzo, ante la Superintendencia de Sociedades para la ‘audiencia de incumplimiento del acuerdo extrajudicial de reorganización’. La citación se da justo cuando el cuadro motilón comienza a repuntar en la clasificación y a las puertas del partido contra Real Cartagena.
Los nuevos propietarios del club, encabezados por José Augusto Cadena, adquirieron el 5 de diciembre el 64 por ciento de las acciones. En la negociación asumieron las deudas y el compromiso de pagar las obligaciones vencidas, que suman $ 4200 millones.
Sin embargo, durante los dos meses siguientes al acuerdo “se han encontrado muchas deudas que incrementan el valor a cerca de $ 5800 millones”, repartidos de la siguiente manera:
– $ 466,5 millones corresponden a deudas vencidas antes de la firma del acuerdo, el 22 de mayo.
– $ 111,7 millones corresponde a vencimientos del 2014.
– $ 4503,7 millones vencimientos entre la firma del acuerdo y el 31 de diciembre.
Entre las deudas vencidas aparece el no pago de la nómina de diciembre. “Lo cual corresponde a la mayoría de quejas por incumplimiento” que ha recibido la Superintendencia, presentadas por jugadores del Cúcuta Deportivo.
El Acuerdo de la Sociedad Cúcuta Deportivo Fútbol Club está en periodo de gracia y las obligaciones contraídas se harán efectivas en marzo del 2015.Las deudas postacuerdo suman $ 2300 millones, más $ 400 millones con acreedores luego de la negociación.
La Superintendencia, luego de revisar el expediente, concluyó:
1.- Se reconocen las obligaciones adeudadas.
2.- No hay soportes que acrediten el pago de las obligaciones anunciadas.
3.- No se documentan las gestiones administrativas y procesales tendientes al cumplimiento.
“Resulta preocupante para este despacho lo concerniente a que si no se aclara la situación anterior, los nuevos inversionistas se retirarían y los anteriores accionistas seguirían respondiendo por las obligaciones”, apuntó Ángela María Echeverri, Superintendente delegada para procedimientos de insolvencia.
El escenario así dibujado traería mayores inconvenientes económicos para el club y el incumplimiento en el pago de acreencias. La Supersociedades advierte que queda poco tiempo del periodo de gracia, que se cumplirá en marzo.
La convocatoria a la audiencia de incumplimiento se hace por los siguientes motivos:
1.- Persisten los informes de incumplimiento por parte de la sociedad deudora.
2.- No hay certificación expresa del contador, revisor fiscal y representante legal en la que se dé parte del cumplimiento de las obligaciones.
3.- No hay claridad sobre la capacidad de atender debidamente los gastos mínimos o esenciales para continuar con el desarrollo del objeto social y cumplir posteriormente con las venideras obligaciones del acuerdo.
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