CÚCUTA.- Vehículos de carga de 2 ejes o más y 3 ejes o más, que entren o salgan de Norte de Santander con mercancías y productos, no están obligados a pagar la estampilla Pro-Desarrollo Fronterizo. Así lo decidió en Consejo de Estado por medio de la Sentencia 28492 del 4 de julio.
El acto anuló parcialmente el artículo 271 de la Ordenanza 010 de 2018, y los parágrafos tercero y cuarto. “Declarar la nulidad parcial del artículo 271 de la Ordenanza 010 de 2018 y 215 de la Ordenanza 014 de 2008, en cuanto disponen el uso obligatorio de la estampilla Pro-Desarrollo Fronterizo”.
Ante las interpretaciones derivadas de la Sentencia, la Secretaría de Hacienda precisó que no se ha declarado la nulidad del hecho generador de la estampilla Pro-Desarrollo Fronterizo, relacionado con los tiquetes de transporte de pasajeros por vía terrestre.
En consecuencia, las empresas de transporte de pasajeros por vía terrestre que salgan del departamento siguen obligadas a recaudar la estampilla Pro-Desarrollo Fronterizo.
El secretario de Hacienda, Sergio Andrés Entrena, dijo que el objetivo es asegurar el cumplimiento de la obligación para fomentar el desarrollo y el progreso de Norte de Santander.
La Secretaría fiscalizará el recaudo y el pago de la estampilla, asociada a los tiquetes. Estas medidas buscan fortalecer la recaudación de recursos y garantizan la contribución justa y equitativa para el progreso de la región.
Luis Tobón – Gobernación de Norte de Santander