Si eres desplazado forzado por la violencia, podrás en el marco de la Ley 1448 de 2011 reclamar la tierra que pertenecía a tu familia. Para lograrlo es necesario tener en cuenta los siguientes pasos:
1.- Relatar los hechos en la Unidad de Atención Especial de Gestión y Restitución de Tierras (UAEGRT), en la avenida 1ª No. 18-08 del barrio Caobos, en Cúcuta.
2.- Colaborar en el proceso de estudio del caso y en la recolección de pruebas para la selección específica de la localidad destinada a restituirse. En ese proceso se puede comunicar con el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), antiguo Incora, y con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
3.- Una vez identificado el predio para restituir se incluye en el Registro de Tierras Despojadas
4.- La UAEGRT, al acabar la etapa administrativa presenta la demanda ante los Jueces o Magistrados de Restitución de Tierras. Inicia la etapa judicial.
5.- Durante 4 meses o menos, se extiende el proceso de sustentación de la demanda y de oposición (si hay ocupantes en el predio).
6.- La justicia falla y dicta orden de restitución y retorno.
7.- Se aplican algunas disposiciones interinstitucionales para que se haga efectiva una restitución segura y reparación integral a la víctima de desplazamiento forzado.
La restitución debe ser integral
En la actualidad hay 2194 solicitudes de ingreso al registro de tierras, equivalentes a 107.690 hectáreas en zonas microfocalizadas de Tibú, Cúcuta, Los Patios, El Zulia, Villa del Rosario, Ocaña y Ábrego. En Tibú las solicitudes son 1216; Cúcuta, 188; Sardinata, 109, y El Zulia 56. Esos son los municipios con mayor número, justamente los más castigados por el fenómeno de la violencia.
Hay 85 solicitudes en Arboledas, Lourdes, San Cayetano, Salazar, Cáchira, Cucutilla, Bochalema, Chinácota, Pamplona, Silos y Chitagá, que corresponden a 2906 hectáreas.
Hasta el momento solo hay seis sentencias emitidas en Norte de Santander, que involucran despojos de diferentes actores armados como guerrilla, Auc, Bacrim, de los cuales cuatro fallos corresponden a Tibú y dos a El Zulia.
La restitución que se ordena en la Ley 1448 es integral, porque además de devolverse la tierra, la misma debe ir acompañada de proyectos productivos, mejoramiento o construcción de la vivienda, así como de toda la asistencia social que tiene el Estado hacia las víctimas y que esa misma Ley reconoce.
En 2012, se presentaron ante los jueces 67 demandas en Norte de Santander y este año se contabilizan 38, y se aspira que antes de que termine el año se tengan instauradas 350 demandas y tener 520 incluidos en el registro. En septiembre saldrán varios fallos, atendiendo los términos legales, y finalizando 2013 se aspira que salgan 100 fallos por las demandas presentadas, según la Oficina de Restitución que funciona en el barrio Caobos de Cúcuta.
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