La salvación de las almas de la comunidad de Yopal. Esa, al menos, era la pretensión de la exalcaldesa de la capital de Casanare, Luz Marina Cardozo, quien entregó de manera simbólica al Señor Jesucristo las llaves del municipio.
Según la funcionaria, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, así reza el Decreto 036 de junio de 2017 que expidió con auspicio del jefe de la Oficina de Planeación, y nada más y nada menos, que con la revisión del jefe de la oficina Asesora Jurídica.
Se le olvida a la exmandataria y de paso a los funcionarios, que el Estado tiene prohibido identificarse formal y explícitamente con una iglesia o religión. Es más, la Corte Constitucional advierte de la prohibición de efectuar actos oficiales simbólicos a una creencia, religión o iglesia.
La tolerancia religiosa y el respeto por otros credos deben ser una postura que se debe ejercer, en esencia, por igualdad y en línea con un modelo democrático.
Sin embargo, el acto divino de la funcionaria, revocado por el alcalde de la capital de Casanare, John Jairo Torres, ‘John Calzones’, investigado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos por urbanización ilegal, famoso también por la ‘ciudadela de la bendición’.
Acudiendo a la Constitución Política, el acto administrativo fue revocado, entendiendo que hay una separación entre el Estado y la Iglesia.
Este tipo de actos y posturas deja entrever, sin duda, el desconocimiento de la norma por el pluralismo y la neutralidad religiosa.
Es vergonzoso que mientras se requiere pensar técnicamente en el manejo económico y político actual de Yopal, se estén entregando las almas a la protección divina mediante acto administrativo. No sé que pase con la salvación del alma de la exalcaldesa, ahora que se revocó el acto administrativo. Lo que sí es seguro, y de lo que no tendrá salvación, es de su actuar inconstitucional.
ANDRÉS RAMÍREZ GALVIS
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