{"id":24347,"date":"2015-06-18T21:43:04","date_gmt":"2015-06-19T02:43:04","guid":{"rendered":"http:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=24347"},"modified":"2015-06-22T10:46:41","modified_gmt":"2015-06-22T15:46:41","slug":"documento-abc-del-proyecto-anticontrabando","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=24347","title":{"rendered":"DOCUMENTO. ABC del proyecto anticontrabando"},"content":{"rendered":"<p>El proyecto busca endurecer las penas contra el contrabando y fortalecer la institucionalidad para combatir este fen\u00f3meno que tanto da\u00f1o hace a la competitividad y al desarrollo del pa\u00eds, limitando las posibilidades de empleo y bienestar de miles de colombianos.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDe qu\u00e9 se trata el proyecto?<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto busca endurecer las penas contra el contrabando y fortalecer la institucionalidad para combatir este fen\u00f3meno que tanto da\u00f1o hace a la competitividad y al desarrollo del pa\u00eds, limitando las posibilidades de empleo y bienestar de miles de colombianos.<\/p>\n<p>Para ello, el proyecto contempla 5 frentes:<\/p>\n<p>1.- Endurecimiento de penas y tipos penales<\/p>\n<p>2.- Unificaci\u00f3n del r\u00e9gimen sancionatorio del impuesto al consumo para todos los departamentos y el Distrito Capital<\/p>\n<p>3.- Modificaciones en las leyes comerciales para mejorar la informaci\u00f3n sobre la actividad empresarial<\/p>\n<p>4.- Fortalecimiento de las instituciones involucradas en la lucha contra el contrabando (Dian, Polfa, UIAF &#8211; Invima e ICA)<\/p>\n<p>5.- Conformaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n Interinstitucional, rectora de la pol\u00edtica anticontrabando.<\/p>\n<p><strong>En lo penal, \u00bfqu\u00e9 modificaciones se introducen?<\/strong><\/p>\n<p>La modificaci\u00f3n principal es la inclusi\u00f3n del contrabando como conducta \u00a0constitutiva de lavado de activos y el aumento de penas.<\/p>\n<p>Al establecer el contrabando como conducta constitutiva de lavado de activos, quien incurra en estas actividades no solo deber\u00e1 responder por el delito de contrabando, sino que ser\u00e1 tambi\u00e9n responsable de una conducta t\u00edpica adicional que es el lavado de activos, siempre que la finalidad sea encubrir u ocultar el origen il\u00edcito de estos bienes.<\/p>\n<p>Esto incluye el contrabando en general, el contrabando de hidrocarburos o sus derivados, el fraude aduanero, el favorecimiento y la facilitaci\u00f3n del contrabando, y el favorecimiento de contrabando de hidrocarburos o sus derivados, en cualquiera de sus formas.<\/p>\n<p>En cuanto al aumento de penas, para el contrabando de mercanc\u00edas las penas est\u00e1n aumentando hasta en 4 a\u00f1os. En efecto, el c\u00f3digo penal actualmente prev\u00e9 una pena de prisi\u00f3n de 3 a 5 a\u00f1os cuando la mercanc\u00eda sea de cuant\u00eda superior a 50 SMLMV, y de 5 a 8 a\u00f1os cuando la cuant\u00eda sea mayor a 200 SMLMV. Con esta ley se est\u00e1n incrementando esas penas a unos m\u00e1ximos de 8\u00a0 y 12 a\u00f1os, respectivamente.<\/p>\n<p>El proyecto adem\u00e1s reconoce la magnitud del contrabando de hidrocarburos, que ocurre en cantidades importantes, y en consecuencia propone duplicar las penas para el contrabando de m\u00e1s de 80 galones. En efecto, el c\u00f3digo penal actualmente establece una pena m\u00e1xima de 8 a\u00f1os. El proyecto eleva esta pena hasta 14 a\u00f1os y prev\u00e9 una pena de hasta 16 a\u00f1os cuando el volumen supera los 1000 galones.<\/p>\n<p>La ley tambi\u00e9n reconoce que la participaci\u00f3n de los funcionarios p\u00fablicos en el contrabando dificulta la lucha contra este fen\u00f3meno. El c\u00f3digo penal actualmente solo prev\u00e9 pena de prisi\u00f3n cuando la cuant\u00eda supera los 50 SMLMV (8 a\u00f1os m\u00e1ximo) lo que significa que en cuant\u00edas inferiores los servidores p\u00fablicos actualmente solo deben pagar una multa. La pena m\u00e1xima vigente es de 8 a\u00f1os, lo que significa que no hay circunstancias de agravaci\u00f3n para las conductas que se realizan sobre bienes de valores importantes.<\/p>\n<p>Respondiendo a esta dificultad, el proyecto establece una pena de prisi\u00f3n hasta de 8 a\u00f1os cuando la cuant\u00eda es menor a 50 SMLMV. Esa pena puede ser hasta de 13 a\u00f1os cuando es superior a 50 SMLMV y puede llegar a 15 a\u00f1os si el valor de la mercanc\u00eda es superior a 200 SMLMV o 16 a\u00f1os si recae sobre hidrocarburos en m\u00e1s de 500 galones.<\/p>\n<p>Reconociendo el impacto del contrabando sobre la productividad y el empleo, el proyecto introduce modificaciones para el delito de receptaci\u00f3n (venta o adquisici\u00f3n de productos de contrabando) respecto de productos especialmente sensibles para la econom\u00eda. As\u00ed, cuando el delito recaiga sobre productos agropecuarios (arroz, papa, cebolla, huevos, etc.), medicamentos o veh\u00edculos, entre otros, la pena imponible se aumentar\u00e1 hasta en la mitad.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEn qu\u00e9 consiste la unificaci\u00f3n del impuesto al consumo?<\/strong><\/p>\n<p>Actualmente cada departamento tiene su propio r\u00e9gimen sancionatorio, con multas y sanciones diferentes, lo que permite la elusi\u00f3n y evasi\u00f3n de este impuesto, que se aplica sobre cigarrillos y licores. El proyecto unifica el tipo de sanciones aplicables, las reglas para el decomiso de mercanc\u00edas, y las condiciones de la suspensi\u00f3n o cancelaci\u00f3n del registro o autorizaci\u00f3n de operaciones. Dentro de las sanciones que se unifican se incluye sanci\u00f3n por no declarar el impuesto al consumo, por importaci\u00f3n con franquicia sin pago de este impuesto, por extemporaneidad en el registro, por no movilizar mercanc\u00edas dentro del t\u00e9rmino legal, y por no radicar tornagu\u00edas para legalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 modificaci\u00f3n se hace en materia comercial?<\/strong><\/p>\n<p>Modificaciones en las leyes comerciales para mejorar la informaci\u00f3n sobre la actividad empresarial, por ejemplo, los revisores fiscales deben reportar a la UIAF operaciones sospechosas que detecten en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 impacto tiene el proyecto sobre los peque\u00f1os comerciantes?<\/strong><\/p>\n<p>El objetivo del proyecto de ley es perseguir a los grandes contrabandistas. No afectar\u00e1 a los peque\u00f1os comerciantes de las zonas de frontera, ni modificar\u00e1 el R\u00e9gimen de Zonas Aduaneras Especiales. Vamos a combatir a las grandes redes de contrabando fortaleciendo a entidades como la Uiaf, la Dian y la Polfa.<\/p>\n<p>Por otra parte, el proyecto beneficia a los peque\u00f1os comerciantes y promueve el desarrollo empresarial porque incluye herramientas para combatir la competencia desleal a la que se ven expuestos actualmente.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo se lograr\u00e1 el fortalecimiento institucional?<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto fortalece las entidades involucradas en la lucha contra el contrabando, es decir, la DIAN, la POLFA, la UIAF, el ICA y el INVIMA, facilitando los intercambios de informaci\u00f3n, fortaleciendo los laboratorios para la realizaci\u00f3n de pruebas t\u00e9cnicas, y promoviendo la articulaci\u00f3n de procedimientos y protocolos para el aseguramiento de elementos materiales probatorios o evidencia f\u00edsica. Esto se enlaza con el fortalecimiento de las penas y la tipificaci\u00f3n del contrabando como conducta constitutiva de lavado de activos, que ahora tambi\u00e9n ser\u00e1 investigado por la UIAF.<\/p>\n<p>El proyecto adem\u00e1s conforma una Comisi\u00f3n Interinstitucional para definir la pol\u00edtica de lucha contra el contrabando y conductas conexas, que tendr\u00e1 adem\u00e1s el mandato de formular pol\u00edticas de desarrollo alternativo y reconversi\u00f3n laboral para las zonas de frontera.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 impacto tiene esta ley sobre la econom\u00eda?<\/strong><\/p>\n<p>El contrabando afecta negativamente la econom\u00eda en tres sentidos: (i) estimula y financia organizaciones criminales, las cuales tienen, a su vez, un efecto negativo sobre las actividades productivas en las diferentes regiones del pa\u00eds; (ii)\u00a0 afecta el empleo y la productividad, pues obliga a los productores nacionales del agro y la industria a enfrentar una competencia desleal; y (iii) al no pagar impuestos, limita las capacidades del Estado de llevar a cabo pol\u00edticas sociales y de fomento de la actividad \u00a0productiva.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.minhacienda.gov.co\/HomeMinhacienda\/saladeprensa\/06162015-boletin-90\">http:\/\/www.minhacienda.gov.co\/HomeMinhacienda\/saladeprensa\/06162015-boletin-90<\/a><\/p>\n<p>Foto:\u00a0lindartadas.blogspot.com <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El proyecto busca endurecer las penas contra el contrabando y fortalecer la institucionalidad para combatir este fen\u00f3meno que tanto da\u00f1o hace a la competitividad y al desarrollo del pa\u00eds, limitando las posibilidades de empleo y bienestar de miles de colombianos. \u00bfDe qu\u00e9 se trata el proyecto? 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