{"id":21247,"date":"2014-04-07T22:07:12","date_gmt":"2014-04-08T03:07:12","guid":{"rendered":"http:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=21247"},"modified":"2014-04-10T22:31:03","modified_gmt":"2014-04-11T03:31:03","slug":"restitucion-de-tierras-cuatro-nuevas-sentencias-en-norte-de-santander","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=21247","title":{"rendered":"Restituci\u00f3n de tierras. Cuatro nuevas sentencias en Norte de Santander"},"content":{"rendered":"<p><b style=\"line-height: 1.5em;\">C\u00daCUTA<\/b><span style=\"line-height: 1.5em;\"> &#8211; Cuatro nuevas v\u00edctimas del conflicto armado, mediante la representaci\u00f3n de la Unidad de Restituci\u00f3n de Tierras, direcci\u00f3n territorial Norte de Santander, recuperaron el derecho de propiedad sobre predios que a causa de la violencia daban por perdidos.<\/span><\/p>\n<p>En concordancia con el pron\u00f3stico que cada vez la Ley 1448 de 2011 dar\u00eda m\u00e1s y mejores resultados, y en cumplimiento del lineamiento que la describe como una norma gradual y progresiva, es mayor el n\u00famero de fallos que devuelve la tierra arrebatada a desplazadas en el departamento.<\/p>\n<p>En el 2014, juzgados de C\u00facuta especializados en restituci\u00f3n de tierras han emitido cuatro fallos en materia de tierra disputada mediante solicitudes de quienes se han considerado leg\u00edtimos propietarios.<\/p>\n<p>En el primer fallo, proferido recientemente, la justicia, luego de 10 a\u00f1os de desplazamiento, reconoci\u00f3 el derecho a la restituci\u00f3n a un discapacitado v\u00edctima de amenazas de un grupo armado en un barrio al occidente de C\u00facuta. Exhort\u00f3 a la Unidad de Restituci\u00f3n de Tierras a evaluar las condiciones del bien a restituir con respecto a la actividad de la zapater\u00eda, labor que ejerce el beneficiado de la sentencia. La condici\u00f3n de discapacitado con dificultades para la movilidad fue tenida en cuenta como factor preferencial para el manejo del proceso.<\/p>\n<p>El segundo caso, corresponde a la primera sentencia sobre restituci\u00f3n de tierras en Norte de Santander que ordena la compensaci\u00f3n monetaria para la opositora dentro del proceso de restituci\u00f3n adelantado. El fallo representa un adelanto en la implementaci\u00f3n de la Ley 1448 de 2011 en el departamento y demuestra que existen garant\u00edas para aquellos que han adquirido de buena fe predios despojados o abandonados forzosamente por la violencia.<\/p>\n<p>Los hechos se remontan a 1996. El beneficiado con la sentencia \u2013una mujer cabeza de hogar cuyo caso fue priorizado al poner en pr\u00e1ctica el enfoque diferencial\u2013 habitaba un predio urbano en el barrio San Luis, en C\u00facuta, lugar que tuvo que abandonar junto a la familia tras amenazas de alias \u2018Camilo\u2019, comandante paramilitar del Bloque Catatumbo con injerencia en Norte de Santander.<\/p>\n<p>Tras a\u00f1os de precario trasegar a causa del desplazamiento sufrido, y luego de que el inmueble fuera rematado por una entidad bancaria, la v\u00edctima del conflicto armado se cobij\u00f3 a la Ley 1448 y fruto de ello es hoy la restituci\u00f3n ordenada.<\/p>\n<p>El fallo proferido tiene en consideraci\u00f3n la calidad de compradora de buena fe exenta de culpa de la persona que, desconociendo el hecho victimizante, adquiri\u00f3 el predio de manera leg\u00edtima, raz\u00f3n por la cual se le adjudica una compensaci\u00f3n seg\u00fan el aval\u00fao del bien.<\/p>\n<p>Otros dos fallos completan las buenas noticias para las v\u00edctimas de despojo o abandono forzado en Norte de Santander, al ser ordenada la restituci\u00f3n de dos predios a reclamantes de tierra, afectados por el conflicto.<\/p>\n<p>En el primer caso la justicia devuelve una parcela en Tib\u00fa a una familia que en el 2002 abandon\u00f3 y luego vendi\u00f3 por amenazas de grupos paramilitares.<\/p>\n<p>De la sentencia destaca la orden de desarrollar un proyecto productivo para la familia beneficiada, el ingreso a subsidios de programas encaminados al mejoramiento de vivienda y educaci\u00f3n, y el alivio de pasivos para el predio objeto de restituci\u00f3n.<\/p>\n<p>El \u00faltimo de los fallos emitidos en Norte de Santander corresponde a un predio y un lote ubicados en El Zulia. El municipio es el tercero en el departamento en el n\u00famero de solicitudes presentadas ante la Unidad de Restituci\u00f3n de Tierras, lo que demuestra que fue uno de los m\u00e1s golpeados por el conflicto armado.<\/p>\n<p>Una familia, objeto de desplazamiento forzado por parte de la guerrilla a principios de 1997, abandon\u00f3 el predio, que result\u00f3 invadido por un tercero que lo usufructu\u00f3 desde entonces. Hoy, un juzgado restable a estas v\u00edctimas y les devuelve la propiedad.<\/p>\n<p>Teniendo en cuenta las recientes decisiones del accionar de la justicia en Norte de Santander, el proceso de restituci\u00f3n de tierras alcanza en el departamento 155 hect\u00e1reas y 6707 metros que pasar\u00e1n a manos de los propietarios.<\/p>\n<p>&nbsp; <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00daCUTA &#8211; Cuatro nuevas v\u00edctimas del conflicto armado, mediante la representaci\u00f3n de la Unidad de Restituci\u00f3n de Tierras, direcci\u00f3n territorial Norte de Santander, recuperaron el derecho de propiedad sobre predios que a causa de la violencia daban por perdidos. 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