{"id":13973,"date":"2012-09-05T20:53:52","date_gmt":"2012-09-06T01:53:52","guid":{"rendered":"http:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=13973"},"modified":"2012-09-05T20:53:52","modified_gmt":"2012-09-06T01:53:52","slug":"jueces-declaran-improcedentes-17-de-150-tutelas-por-espacio-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=13973","title":{"rendered":"Jueces declaran improcedentes 17 de 150 tutelas por espacio p\u00fablico"},"content":{"rendered":"<p><strong>C\u00daCUTA.-<\/strong> Diecisiete tutelas relacionadas con el espacio p\u00fablico, de las 150 interpuestas por vendedores ambulantes, fueron declaradas improcedentes por juzgados del Distrito Judicial de C\u00facuta. Las acciones buscaban reivindicar derechos de los informales.<\/p>\n<p>\u201cLa administraci\u00f3n municipal respeta y acata las decisiones de los jueces de la rep\u00fablica, al tiempo que ha propiciado espacios de socializaci\u00f3n y de concertaci\u00f3n respecto de la recuperaci\u00f3n del espacio p\u00fablico\u201d, dijo el alcalde Donamaris Ram\u00edrez.<\/p>\n<p>Los argumentos que sustentan las peticiones de tutela se resumen, seg\u00fan la Oficina Jur\u00eddica de la Alcald\u00eda, en el reconocimiento de los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo, la dignidad y al m\u00ednimo vital.<\/p>\n<p>La Alcald\u00eda ha fundamentado las respuestas en el art\u00edculo 82 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, que insta a \u201cvelar por la protecci\u00f3n de la integridad del espacio p\u00fablico y por su destinaci\u00f3n al uso com\u00fan, el cual prevalece sobre el inter\u00e9s particular\u201d.<\/p>\n<p>El argumento jur\u00eddico se complementa con el art\u00edculo 63 y se ampara en el C\u00f3digo del Buen Cucute\u00f1o (Decreto 0381 del 12 de noviembre de 2003) y el C\u00f3digo Nacional de Polic\u00eda.<\/p>\n<p>La sustentaci\u00f3n de cada respuesta ha retomado parte de la jurisprudencia y de fallos de la Corte Constitucional, respecto del principio de confianza leg\u00edtima, que se entiende como el derecho que los informales pretenden tener sobre el espacio p\u00fablico.<\/p>\n<p>El gobierno cucute\u00f1o ha destacado su obligaci\u00f3n, por mandato de sentencia constitucional, de la necesidad de adoptar medidas transitorias, sin traumatismos para los particulares.<\/p>\n<p>Los fallos de las acciones de tutela son individuales. Un ejemplo sobre c\u00f3mo se han desvirtuado las pretensiones contra la pol\u00edtica de recuperaci\u00f3n del espacio p\u00fablico lo constituye el fallo del Juzgado Octavo Civil Municipal.<\/p>\n<p>El despacho judicial advirti\u00f3 que \u201clas acciones de la administraci\u00f3n municipal en pro de la recuperaci\u00f3n del espacio p\u00fablico, han sido constantes y se han venido realizando desde hace mucho tiempo atr\u00e1s, conforme a las cuales se ha podido recuperar el espacio p\u00fablico, no obstante que desafortunadamente por falta de solidaridad, de civismo y de cumplimiento de los deberes por parte de los ciudadanos, que persisten en la idea de la invasi\u00f3n de dicho espacio, este ha sido invadido de nuevo\u201d.<\/p>\n<p>El juez octavo Civil Municipal sostuvo que no existen raz\u00f3n ni fundamento para que se ordene a trav\u00e9s de una acci\u00f3n de tutela, a la Alcald\u00eda que cese su obligaci\u00f3n legal de recuperar el espacio p\u00fablico y de garantiz\u00e1rselo a los ciudadanos, so pretexto de no vulnerar derechos fundamentales a quienes pretenden que se les deje desarrollar la actividad comercial en los andenes.<\/p>\n<p>El agente judicial cuestion\u00f3 la actitud del accionante, porque la situaci\u00f3n permite generar caos y desorden, pues muchos pretenden que la administraci\u00f3n municipal los deje ejercer el comercio y se manifiestan renuentes a aceptar propuestas y soluciones que se les presentan.<\/p>\n<p>El fallo resalt\u00f3 la propuesta del alcalde Ram\u00edrez, quien antes de adelantar los operativos se reuni\u00f3 con voceros de los informales para buscar soluciones y ofrecer espacios de reubicaci\u00f3n, los cuales no han sido aceptados por los vendedores que consideran como mejor opci\u00f3n acudir a la tutela para que se les deje ejercer la actividad en espacios no permitidos.<\/p>\n<p>\u201cLa administraci\u00f3n municipal tiene que cumplir un perentorio mandato legal como lo es la recuperaci\u00f3n del espacio p\u00fablico, para cuya garant\u00eda debe desarrollar operativos, con la consecuencia que ello implica para quienes se encuentren invadiendo dicho espacio\u201d, indic\u00f3 el juez.<\/p>\n<p>&nbsp; <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00daCUTA.- Diecisiete tutelas relacionadas con el espacio p\u00fablico, de las 150 interpuestas por vendedores ambulantes, fueron declaradas improcedentes por juzgados del Distrito Judicial de C\u00facuta. 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