{"id":12662,"date":"2012-06-28T23:12:15","date_gmt":"2012-06-29T04:12:15","guid":{"rendered":"http:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=12662"},"modified":"2012-06-28T23:13:12","modified_gmt":"2012-06-29T04:13:12","slug":"multa-de-15-salarios-minimos-diarios-para-vehiculos-mal-parqueados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/contraluzcucuta.co\/?p=12662","title":{"rendered":"Multa de 15 salarios m\u00ednimos diarios para veh\u00edculos mal parqueados"},"content":{"rendered":"<p><strong>C\u00daCUTA.-<\/strong> El centro de C\u00facuta dejar\u00e1 de ser el principal estacionamiento p\u00fablico, a partir del 27 de junio, por orden expresa de la Alcald\u00eda.\u00a0 Por medio del Decreto 0340 qued\u00f3 prohibido parquear veh\u00edculos en algunas v\u00edas locales y en las zonas amarillas experimentales.<\/p>\n<p>El gobierno cucute\u00f1o adujo \u201cmotivos de ordenamiento vehicular\u201d para tomar la medida que incluye motocicletas, bicicletas y similares, entre las 6:00 de la ma\u00f1ana y las 7:00 de la noche.<\/p>\n<p>La prohibici\u00f3n excluye paraderos de taxis autorizados por la Secretar\u00eda de Tr\u00e1nsito y Trasporte, y permitidos para la prestaci\u00f3n del servicio de pasajeros en la modalidad individual.<\/p>\n<p>Los carros parqueados o abandonados ser\u00e1n retirados con gr\u00faa, sin detrimento de las dem\u00e1s sanciones a que haya lugar. Si el conductor est\u00e1 en el sitio se impondr\u00e1 el comparendo.<\/p>\n<p>Los infractores ser\u00e1n multados con 15 salarios m\u00ednimos legales diarios vigentes, sin perjuicio de que la infracci\u00f3n sea diferente por tratarse de otro tipo de infracci\u00f3n.<\/p>\n<p>El decreto se aplicar\u00e1 en las siguientes v\u00edas cucute\u00f1as:<\/p>\n<p><strong>1.-<\/strong> En el cuadrante comprendido entre las avenidas 0 y 10 y de la calle 4 a la 16.<\/p>\n<p><strong>2.-<\/strong> Avenida 0 en los dos sentidos, desde la calle 6 hasta el Canal Bogot\u00e1.<\/p>\n<p><strong>3.-<\/strong> Sobre la calle 13 en las dos calzadas, desde Los Libertadores hasta la O.<\/p>\n<p><strong>4.-<\/strong> Sobre el carril izquierdo en sentido de la v\u00eda sobre la calle 16 entre avenidas 1E y 0.<\/p>\n<p><strong>5.-<\/strong> Sobre el carril izquierdo en el sentido de la v\u00eda, sobre la calle 15 desde la Avenida 0 hacia la Los Libertadores.<\/p>\n<p><strong>6.-<\/strong> Sobre el carril izquierdo en sentido de la v\u00eda sobre la avenida 1E desde la calle 11 hacia la calle 18 de los barrios Quinta V\u00e9lez, Caobos y Libertadores.<\/p>\n<p><strong>7.-<\/strong> Sobre el carril izquierdo en sentido de la v\u00eda sobre la avenida 2E desde la calle 18 hacia la calle 11 de los barrios Libertadores, Caobos y Quinta V\u00e9lez.<\/p>\n<p><strong>8.-<\/strong> Sobre la calle 11 desde la Avenida Cero hacia la Diagonal Santander.<\/p>\n<p><strong>9.-<\/strong> Sobre la avenida 3E desde la calle 11 hacia la calle 16A de los barrios Caobos y Quinta V\u00e9lez en los dos sentidos.<\/p>\n<p><strong>10.-<\/strong> Sobre la calle 12 y 12A desde la avenida 3E hasta la avenida 1E de la Urbanizaci\u00f3n Quinta V\u00e9lez.<\/p>\n<p><strong>11.-<\/strong> Sobre el carril izquierdo en sentido de la v\u00eda de la calle 13A desde la avenida 4E hacia la avenida 1E del barrio Caobos.<\/p>\n<p><strong>12.-<\/strong> Sobre el carril izquierdo en sentido de la v\u00eda de la calle 14 desde la avenida 1E hacia la avenida 3E del barrio Caobos.<\/p>\n<p><strong>13.-<\/strong> Calle 14 desde la avenida 1E hasta la avenida 3E del Barrio Caobos.<\/p>\n<p><strong>14.-<\/strong> Sobre la Avenida Gran Colombia en las dos calzadas sobre las avenidas 3E y 4E entre la calle 9 entre avenida 3E y 4E. La avenida 3E entre calle 9 y Avenida Gran Colombia y la avenida 4E entre calles 9 y Avenida Gran Colombia en sus dos calzadas. Se excluye de esta prohibici\u00f3n la bah\u00eda del Edificio Leydi (Avenida Gran Colombia No. 3E-32).<\/p>\n<p><strong>15.-<\/strong> Sobre la Avenida 11E (Avenida Guaimaral) en las dos calzadas entre Avenida Gran Colombia y la calle 8BN.<\/p>\n<p><strong>16.-<\/strong> Sobre la calzada en sentido de circulaci\u00f3n oriente \u2013 occidente de la calle 4N entre la Avenida Los Libertadores y la avenida 11E (lateral Hospital Erasmo Meoz y Centro oncol\u00f3gico) en el sentido de circulaci\u00f3n oriente occidente.<\/p>\n<p><strong>17.-<\/strong> Sobre la calle 2N (Los Pinos) en ambos sentidos entre las avenidas 0 y Los Libertadores.<\/p>\n<p><strong>18.-<\/strong> En los dos sentidos sobre la calle 1 (Faroles) entre las avenidas 0 y 12E.<\/p>\n<p><strong>19.-<\/strong> Sobre la avenida 3E entre calles 3 y 4 del barrio Ceiba.<\/p>\n<p><strong>20.-<\/strong> Avenida 1 desde la calle 16 continuando por la avenida Olaya Herrera, en direcci\u00f3n a El P\u00f3rtico hasta el Grupo Maza.<\/p>\n<p><strong>21.-<\/strong> Especialmente los veh\u00edculos articulados o de carga en los dos sentidos de la v\u00eda, sobre la avenida Camilo Daza, entre las glorietas de la Terminal de Trasporte y la Guillermo Eliseo Su\u00e1rez Pe\u00f1aranda (v\u00eda Salado) en la intersecci\u00f3n de la Avenida Los Libertadores.<\/p>\n<p><strong>22.-<\/strong> Sobre la calle 8 desde la Diagonal Santander hasta la Avenida Gran Colombia, en el sentido de la v\u00eda.<\/p>\n<p><strong>23.-<\/strong> Sobre la calle 18 desde la avenida 1E hacia la avenida 1 del barrio Los Libertadores y Blanco.<\/p>\n<p><strong>24.-<\/strong> En toda la extensi\u00f3n sobre la Avenida Los Libertadores en las dos calzadas.<\/p>\n<p><strong>25.-<\/strong> En las dos calzadas sobre la avenida 7 V\u00eda Panamericana desde la glorieta Guillermo Eliseo Pe\u00f1aranda en la intersecci\u00f3n de la Avenida Los Libertadores hasta la glorieta de la Penitenciar\u00eda de C\u00facuta, intersecci\u00f3n con el anillo vial oriental.<\/p>\n<p><strong>26.-<\/strong> Sobre la Avenida Demetrio Mendoza (San Luis) en los dos sentidos desde la glorieta Carlos Ram\u00edrez Par\u00eds hasta la intersecci\u00f3n del anillo vial oriental.<\/p>\n<p><strong>27.-<\/strong> Diagonal Santander en su extensi\u00f3n entre las glorietas Carlos Ram\u00edrez Par\u00eds y la de la Terminal.<\/p>\n<p><strong>28.-<\/strong> Canal Bogot\u00e1 en los dos sentidos de la extensi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>29.- <\/strong>En la extensi\u00f3n de la v\u00eda Cuatro Vientos entre la Avenida Demetrio Mendoza y la calle 18 del barrio Santa Teresita.<\/p>\n<p><strong>30.-<\/strong> En el cuadrante comprendido entre las avenidas 0 y 10, y de la calle 4 hasta la 16.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp; <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00daCUTA.- El centro de C\u00facuta dejar\u00e1 de ser el principal estacionamiento p\u00fablico, a partir del 27 de junio, por orden expresa de la Alcald\u00eda.\u00a0 Por medio del Decreto 0340 qued\u00f3 prohibido parquear veh\u00edculos en algunas v\u00edas locales y en las zonas amarillas experimentales. 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